En artículos anteriores, Pasando la baliza de sotavento I y II, hemos estado siguiendo las dos interpretaciones que se estaban dando acerca del espacio que se podia tomar un barco interior, sin derecho de paso, para rodear la baliza. Se planteaba si podía emplear la táctica de abrirse antes de llegar a la baliza para después cerrarse sobre ella.
Oficialmente se le ha preguntado a la ISAF y he aquí la respuesta:
Definiciones
Espacio en Baliza. El espacio necesario para que un barco se dirija a la baliza y el espacio para que a continuación navegue a su rumbo debido mientras está en la baliza. Sin embargo, espacio en Baliza no incluye espacio para virar por avante, a menos que el barco esté comprometido por barlovento y por el interior del barco que tiene que darle espacio en baliza.
Rumbo Debido. Un rumbo al cual un barco navegaría para terminar tan pronto como fuera posible en ausencia de otros barcos aludidos en la regla en la cual se usa la expresión. Un barco no tiene rumbo debido antes de su se ñal de salida.
Pregunta 1
¿ Se le permite a un barco con derecho a espacio en baliza hacer una aproximación táctica y paso de baliza de forma táctica ( a menudo llamado “wide in, tight outâ€) o ese barco solo se le permite navegar de forma marinera para aproximarse y rodear la baliza?
Respuesta 1
Espacio en baliza se divide en dos aspectos
(i) Espacio para navegar a la baliza. Si el barco con derecho a espacio en baliza es el barco que ha de mantenerse separado, entonces el espacio para navegar a la baliza no es ni el espacio para navegar su rumbo debido ( si un espacio extra fuera necesario para navegar un rumbo debido), ni tampoco el espacio para hacer un paso de baliza más táctico. Si el barco con derecho a espacio en baliza tiene además derecho de paso, entonces es libre para navegar cualquier rumbo dentro de las limitiaciones de las reglas de la Parte 2 , Sección B, y , si es aplicable, la regla 18.4
(ii) Luego, espacio para navegar su rumbo debido mientras está en la baliza. Un barco puede navegar su rumbo debido desde el momento en que está en la baliza y mientras rodea o pasa la baliza y hasta que ya no necesita espacio en la baliza . Este rumbo sería , por lo tanto, el que un barco navegaría, en ausencia de otros barcos referidos en la regla. Solamente un barco interior con derecho de paso que tiene derecho a espacio en baliza puede hacer una aproximación y paso de baliza de formas tácticas. Sin embargo, si este barco interior está sometido a la regla 18.4, entonces hasta que trasluche, no puede navegar más allá de la baliza que lo necesario para navegar su rumbo debido . Notese que un paso de baliza de forma táctica puede ser más amplio que un paso de baliza a rumbo debido.
Pregunta 2
Antes de las reglas del 2009 había diferencia en rodear la baliza cuando el barco interior tenia también derecho de paso y le era, especificamente, permitido hacer un paso de baliza táctico, distinto a la situacion de un barco interior que ha de mantenerse separado, donde un paso de baliza táctico no le era permitido. ¿Continua esta situación bajo las reglas del 2009?
Respuesta 2
No hay cambio de juego entre las reglas del 2005 y las del 2009 en cuanto se refiere al espacio dado o requerido en la baliza. La eliminación del preambulo a la Sección C de las reglas del 2005 que decía, » En el caso de que una regla de la Sección C entre en conflicto con una regla de la Seccion A , o B, la regla de la Sección C tiene prioridad «, significa que ahora no hay prioridad a ninguna de las reglas de la Sección A o B, por tanto aquellas reglas se aplican cuando un barco tiene derecho a espacio en baliza . En consecuencia, las palabras , » y si el barco interior tiene derecho de paso, el barco exterior deberá también mantenerse separado » , ya no son más necesarias.
Aquí puede descargar la versión original en inglés.
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